MÉXICO, DF.- En medio de un cerco sanitario el Senado aprobó la Ley de
Narcomenudeo, que prevé penas de cuatro a 15 años de prisión a quien se
dedique a este ilícito.
Las sanciones podrían duplicarse si el delito se comete cerca de escuelas o es ejercida por un servidor público.
La portación de pequeñas dosis para los consumidores se despenaliza:
cinco gramos si se trata de marihuana y 500 miligramos cuando es
cocaína.
También aprobaron diversas reformas; una considera el tráfico de armas
como tema de seguridad nacional -propuesta de Fernando Castro Trenti- y
otra obliga a perseguir de oficio la "piratería" en programas de
computación, videogramas, fonogramas o libros. El Senado también aprobó
la reforma de Salarios Máximos y la turnó a las legislaturas de los
estados para que la mitad más uno de los congresos estatales dé su
aval, por ser reforma a la Constitución.
En cuanto al narcomenudeo, después de cuatro años que Vicente Fox
presentara una iniciativa, que una vez aprobada en el Congreso la vetó
por presiones de Estados Unidos, el Senado dio curso a la propuesta
hecha en octubre pasado por el presidente Felipe Calderón. La reforma
fija una tabla de portación máxima de drogas para "su estricto e
inmediato consumo personal".
Se podrán portar un máximo de dos gramos de opio; 50 miligramos de
diacetilmorfina o heroína; cinco gramos de Cannabis sativa índica o
marihuana, que en la propuesta inicial proponía dos gramos; 500
miligramos de cocaína; 0.015 miligramos de LSD (lisérgida); 40 gramos
de metanfetaminas; MDA (metilendoxionanfetamina) hasta 40 miligramos, y
40 miligramos de MDMA (metilendioxi-n-dimetilfeniletilamina). Se
considera narcomenudista a quien porte las sustancias señaladas en
cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil las
cantidades previstas. Por ejemplo, cae en el tipo penal quien tenga de
cinco a 500 gramos de marihuana.
eeeee kiuboooo.... viva mexico!!! jajaja no manches!!!